CONCEPTO DE DOCUMENTO
Para PRIETO CASTRO, es un objeto o materia en el que consta una manifestación de Voluntad.
Para ROUANET, es un objeto en el que se plasma algo mediante signos, letras impresos sobre papel.
Para CARNETLUTTI, es una cosa que hace conocer un hecho.
ELEMENTOS DEL DOCUMENTO
Podemos decir que el documento tiene dos elementos:
La información
El soporte (puede ser papel, diskett, etc.)
DOCUMENTO SOPORTE PAPEL
Son aquellos documentos donde la información está contenida o materializada en un soporte papel.
El soporte papel se remonta a la fabricación de las fibras de morera en China, la cual fue difundiéndose su uso en todo el mundo. Este elemento revolucionó como soporte ideal con clara ventaja sobre las demás.
VENTAJAS DEL SOPORTE PAPEL
El uso del documento en soporte papel tiene la ventaja de ser perdurable en el tiempo, para su lectura no se necesita la utilización de ningún aparato electrónico, es accesible a la mayoría de usuarios, pudiéndose identificar al autor del documento por el tipo de letra que realiza o la firma manuscrita contenida en él.
DESVENTAJAS DEL SOPORTE PAPEL
Para la producción de papel se requiere grandes escalas de insumos naturales, lo que en las últimas décadas ha llegado a tal grado de producción que ya constituye una preocupación universal la depredación de bosques.
El acceso y tratamiento de la información contenida en un soporte papel es lento y dificultoso.
Asimismo la utilización de papel, conlleva a que los documentos se guarden ocupando mucho espacio y sea costosa su conservación.
DOCUMENTO ELECTRÓNICO
Es aquel donde la información está contenida o materializada en un soporte electrónico (magnético, óptico u otro análogo).
Nuestra legislación regula el documento electrónico en el art. 234 del CPC y en el D. Leg 681 se regula las microformas.
DOCUMENTO ELECTRÓNICO EN NUESTRA LEGISLACIÓN
Concepto de Documento Electrónico según el Art.4 del D.S. 019-2002-JUS: “Es el conjunto de datos basados en bits o impulsos electromagnéticos, elaborados, generados, transmitidos, comunicados y archivados a través de medios electrónicos, ópticos o cualquier otro análogo” .
VENTAJAS DEL DOCUMENTO ELECTRÓNICO
Podemos guardar gran cantidad de información en un espacio muy pequeño, la transferencia de información de un lugar a otro es mucho más sencilla y económica. Existe la facilidad para editar un documento y posteriormente modificarlo. Puede enviarse a través de Internet muchos documentos electrónicos en forma instantánea.
DESVENTAJAS DEL DOCUMENTO ELECTRÓNICO
Son de corta duración (un diskett debidamente cuidado dura aprox. 2 años)
Para su lectura se requiere de una computadora y un determinado programa, puede existir un problema de compatibilidad de software, existencia de virus u otro que hacen imposible la lectura del documento.
Para garantizar la autoría así como la integridad del mensaje se requiere la utilización de mecanismo técnicos que no están al alcance de todos.
AUTENTICIDAD DEL DOCUMENTO ELECTRÓNICO
Es importante determinar la autenticidad de un documento .
Podemos decir que la autenticidad se da cuando es fiel reflejo de la voluntad de sus creadores.
CARNELUTTI define la autenticidad como la correspondencia entre el autor aparente y el autor real del documento.
Microforma Digital
Microforma: Imagen Digitalizada de un documento grabada en un medio físico técnicamente idóneo, mediante un proceso informático, electromagnético, de modo que tal imagen se conserve y pueda ser vista y leída con la ayuda de equipos visores y pueda ser reproducida en copias impresas esencialmente iguales a documento original.
Requisitos formales de la Microforma Digital
Requisitos Formales: Es requisito de la microforma que los procesos de Micrograbación sean autenticados por Depositario de la Fe Pública, (Fedatario Juramentado con Especialización en Informática)
Efectos Legales.
La Microforma Digital que cumple con requisitos formales y técnicos puede sustituir al documento original para todos los efectos legales.
La Microforma digital: Puede ser utilizado en los procesos Judiciales, en la Tributación, en las Planillas, en el Comercio Electrónico, etc.
DOCUMENTO ELECTRÓNICO EN EL CÓDIGO CIVIL Y PROCESAL CIVIL
El Art. 141-A del Código Civil modificado por la Ley 27291, admite la manifestación de Voluntad por medios electrónicos
El Art. 234 del Código Procesal Civil, modificado por la Ley 26612 , da valor probatorio y eficacia legal al documento electrónico.
Fedatarios Informáticos
Los Fedatarios Informáticos son depositarios de la fe pública en materia informática conforme al Decreto Legislativo Nº 681 – Ley del Uso de Tecnologías Avanzadas en materia de generación, transmisión y archivo de documentos e información electrónica de entidades públicas y privadas, y la Ley Nº 27269 – Ley de Firmas y Certificados Digitales, en términos de seguridad jurídico – informática internacionalmente aceptados.
Les corresponde dirigir y responsabilizarse de los procesos de micrograbación o conversión de documentos en papel o soporte electrónico hacia microformas digitales con valor legal y probatorio y eficacia jurídica.
Dan énfasis al control de calidad de los documentos micrograbados, con el objeto de lograr el uso eficiente de los documentos virtuales en la gestión documental de las empresas.
En el ejercicio de sus funciones, también tienen la calidad de Peritos Informáticos, por lo que les compete la sustentación jurídica de la certeza y validez legal de las microformas digitales ante autoridades judiciales, administrativas y extrajudiciales, reduciendo con ello los costos de transacción legales que implican la Prueba Informática en el uso de documentos o información electrónica bajo cualquiera de sus modalidades (correos electrónicos, páginas web, mensajería instantánea, etc.).
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